Copia de Decreto Nº 2357, de 12 de junio de 1940, del Ministerio de Justicia, que concede personalidad jurídica a la “Asociación de Empleados de la Contraloría General de la República”, firmado por el Presidente de la República don Pedro Aguirre Cerda, por don L. Raúl Puga M., como Ministro de Justicia y don Humberto Arancibia, como Subsecretario de Justicia.
A la izquierda, abajo, el timbre de la Toma de Razón de Contraloría General.
En la distribución, en último lugar, aparece el nombre de “Ernesto Merino Segura”, quien fue el abogado y Vice-Presidente de la Asociación, que compareció ante el Notario Público de Santiago don Julio Lavin Urrutia, el catorce de Diciembre de mil novecientos treinta y nueve, “como encargado de la Asociación de Empleados de la Contraloría General de la República, según consta del artículo treinta y dos de los respectivos Estatutos, mayor de edad, a quien conozco y expuso: Que viene en reducir a escritura pública la siguiente acta en que constan dichos Estatutos, para los efectos de solicitar con ellos la correspondiente personería jurídica; Acta de la Tercera Asamblea General Extraordinaria celebrada el seis de Setiembre de mil novecientos treinta y nueve.”
Otros antecedentes de dicha acta:
* Firmaron el acta constitutiva 133 socios, de los cuales 18 de ellos eran de sexo femenino. El total de socios en ejercicio alcanzaban a 328.
* ¿Por qué los funcionarios jubilados de Contraloría pueden seguir siendo socios de la ANEC, situación que no es igual al resto de la Administración Pública?
En el Título Segundo, De los Asociados, en la parte final de la letra b) dice: “Los asociados que dejen de pertenecer a la Contraloría General podrán continuar en la Asociación, siempre que cumplan con…”
* Cuotas sociales:
Monto cuota de Ingreso:
Socios Fundadores $ 50.-
Socios nuevos $ 100.-
Cuotas ordinarias.
Acuerdo segundo de la Asamblea: “las cuotas ordinarias que se pagarán por los socios, a contar desde el pago de sueldos del mes de Setiembre de mil novecientos treinta y nueve, serán las siguientes:”
-Renta superior a grado noveno, inclusive $ 15.-
-Renta equivalente o inferior a grado décimo, inclusive
Y hasta grado diez y nueve, inclusive $ 10.-
-Renta equivalente o inferior a grado vigésimo, inclusive $ 7,50.-
Dichas cuotas se destinarán, según acuerdo de Directorio “a formar un fondo de donación mortuoria a favor de los asignatarios que designe el causante o de sus herederos, en su defecto”.
* Acuerdo Primero de la Asamblea: “La cuota mortuoria se fija en la cantidad mínima de cinco mil pesos”
El fondo “deberá ser colocado en valores de primera clase fácilmente realizables,”
* El nacimiento de los Préstamos de emergencia:
“No obstante, una vez acumuladas cinco cuotas mortuorias, podrá destinarse el saldo a los fines señalados en el inciso siguiente. El saldo de los fondos provenientes de cuotas de ingreso y ordinarias no afectos al fondo de cuota mortuoria, se destinará a préstamos de emergencia a los asociados a bajo interés en la proporción que fije el Directorio”
Monto y plazo:
“Los préstamos de emergencia no podrán exceder de mil doscientos pesos y se concederán a un plazo no superior a un año”
* Costo del Testimonio de la Escritura de Estatutos “Asociación Empleados Contraloría General de la República”:
Los Estatutos protocolizados, en su página seis y última, dice:
“Dí copia, pagándose al márgen del Registro cinco pesos por impuesto fiscal en estampillas y además un peso por impuesto notarial.- Doy fé.- Ernesto Merino.- Edo. Prunés R.- L. Chinchon.- Julio Lavin U.- Notario.-“
PASO ANTE MI : SELLO Y FIRMO.-“
Está la firma del señor Notario y un sello de veinte centavos.